FORM. 17. DEMANDA DE JUICIO VERBAL EJERCITANDO ACCIÓN COLECTIVA DE CESACIÓN PUBLICITARIA(1)

(1) En el supuesto de que se plantee la acción colectiva de cesación publicitaria, el art. 249.1.4º LECiv/2000 in fine señala que «se estará a lo dispuesto en el punto 12º del apartado 1 del artículo 250 cuando se trate del ejercicio de la acción de cesación en defensa de los intereses colectivos y de los intereses difusos de los consumidores y usuarios en materia de publicidad». Y tal precepto reconduce al juicio verbal las demandas «que supongan el ejercicio de la acción de cesación en defensa de los intereses colectivos y difusos de los consumidores y usuarios».
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA QUE POR TURNO CORRESPONDA
D./D.ª [...], Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de la entidad legitimada activamente para el ejercicio de la acción colectiva de cesación publicitaria, conforme acredito mediante copia de escritura de poder que acompaño y cuya devolución intereso previo testimonio que de ello quede en autos, ante V.I. respetuosamente COMPAREZCO Y DIGO:
Que por medio del presente escrito y en la representación enunciada FORMULO DEMANDA DE JUICIO VERBAL, de conformidad con los arts. 437 y siguientes Ley de Enjuiciamiento Civil:
I.-Identificación del actor. En las acciones colectivas de cesación de publicidad ilícita el demandante puede ser: a) el INC y los órganos o entidades correspondientes de las CC AA y de las Corporaciones locales competentes en materia de defensa de los consumidores; b) las asociaciones de consumidores y usuarios que reúnan los requisitos establecidos en la LGDCU o, en su caso, en la legislación autonómica en materia de defensa de los consumidores; c) el Ministerio Fiscal; d) las entidades de otros Estados miembros de la UE constituidas para la protección de los intereses colectivos y los intereses difusos; e) los titulares de un derecho o de un interés legítimo (art. 29.3 LGPubl).
Actúa representada (salvo el caso del Ministerio Fiscal) por el Procurador D./D.ª [...] y defendido por el Letrado D./D.ª [...].
II.-Identificación del demandado. La presente demanda se formula frente al anunciante [denominación social, en su caso], mayor de edad, provisto de DNI/CIF número [...]/razón y domicilio social [caso de personas jurídicas]. Se designa como domicilio/domicilio social del demandado a los efectos de ser emplazado el siguiente ...
HECHOS
PRIMERO.-El empresario/profesional demandado en este procedimiento ha anunciado a través de diferentes medios de comunicación el producto/bien/servicio [descripción] que distribuye utilizando expresiones [descripción] atentorias/engañosas/desleales, incurriendo claramente en un supuesto de publicidad ilícita, prohibida por la LGPub, cuyo mensaje, además, lesiona los intereses difusos de los consumidores y usuarios.
SEGUNDO.-Antes de iniciar el presente procedimiento, se ha dado curso al preceptivo requerimiento frente al anunciante para que cesara/rectificara la publicidad descrita, no obteniendo respuesta afirmativa del mismo en el plazo legal establecido.
Como prueba de los hechos descritos se adjuntan a la presente demanda los SIGUIENTES DOCUMENTOS:
1º) En relación al primero, extractos de la campaña publicitaria [periódicos ...]
2º) En relación al segundo, el documento acreditativo [que hará constancia de fecha y contenido] de haber realizado el requerimiento al anunciante.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO.-Capacidad de las partes y representación. Art. 6, apartados 1º y 5º a 8º de la LECiv/2000, respecto de la capacidad y arts. 23 a 35 respecto de la representación y defensa.
SEGUNDO.-Capacidad para ser parte y legitimación activa. (Art. 11 de la LECiv y art. 29.3 LGPub.)
TERCERO.-Procedimiento. Las acciones de cesación en defensa de los intereses colectivos y difusos de los consumidores y usuarios se ejercitarán, en todo caso y cualquiera que sea su cuantía, a través de los cauces procesales propios del juicio verbal (ex arts 249.1.4º LECiv/2000 in fine y 250.1.12º de la LECiv).
CUARTO.-Jurisdicción y competencia. Art. 51 LECiv.
QUINTO.-Publicación de la Sentencia. Art. 221.2 de la LECiv.
SEXTO.-Fondo del asunto. La campaña publicitaria es ilícita por engañosa/desleal/atentatoria/subliminal/sobre la base de las siguientes normas aplicables [dar cuenta de las normas de la LGPub u otras normas sectoriales que sean aplicables al supuesto en cuestión]. En el concreto supuesto que ahora nos ocupa [el art. 31.d) LGPubl u otras normas sectoriales] establecen un sistema judicial de acciones de cesación y rectificación en materia publicitaria, que, para el caso de que el mensaje lesione los intereses difusos de los consumidores y usuarios se faculta a los mencionados en el art. 29.3 LGPub, en la estela de la generalización de la acción de cesación, a interponer la acción colectiva de cesación de la conducta ilícita que ahora se plantea frente al anunciante.
En virtud de todo lo expuesto,
SUPLICO del Juzgado que, admitida esta demanda y previos los trámites procesales oportunos, dicte Sentencia estimatoria de la misma y en virtud de la cual, se declare que la publicidad referida es ilícita por engañosa/atentatoria/subliminal..., condenando al demandado a estar y pasar por tal declaración y en concreto: a) a cesar definitivamente en dicha publicidad, prohibiendo definitivamente la continuidad de la misma; b) ordenando la publicación total de la sentencia en los mismos medios de difusión que fue emitida la publicidad ilícita, a costa del demandante; en su caso, c) difundiendo la publicidad correctora [cuando la gravedad del caso así lo requiera y siempre que pueda contribuir a la reparación de los efectos de la publicidad ilícita, determinando el contenido de aquélla y las modalidades y plazo de difusión]. Asimismo se solicita expresamente la condena al pago de las costas procesales derivadas de la tramitación de este procedimiento al demandado.
[lugar], a ... de ... de 20...
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| Procurador de los Tribunales | Abogado |
