FORM. 29. DEMANDA PARA EJERCITAR LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (REPARACIÓN/SUSTITUCIÓN) EN RELACIÓN CON UNA VENTA DE BIENES DE CONSUMO

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AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA QUE POR TURNO CORRESPONDA

D./D.ª [...], Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de D./Dª [...(consumidor)], conforme acredito mediante copia de escritura de poder que acompaño y cuya devolución intereso previo testimonio que de ello quede en autos, ante V.I. respetuosamente COMPAREZCO Y DIGO:

Que por medio del presente escrito y en la representación enunciada FORMULO DEMANDA DE JUICIO VERBAL, de conformidad con los arts. 437 y siguientes Ley de Enjuiciamiento Civil:

I.-Identificación del actor. La parte demandante será el consumidor que haya celebrado el contrato de adquisición del bien de consumo con el empresario.

Actúa representada por el Procurador D./D.ª [...] y defendido por el Letrado D./D.ª [...].

II.-Identificación del demandado. La presente demanda se formula frente al empresario/profesional [denominación social, en su caso, del vendedor], mayor de edad, provisto de DNI/CIF número [...] /razón y domicilio social [caso de personas jurídicas]. Se designa como domicilio/domicilio social del demandado a los efectos de ser emplazado el siguiente ...

HECHOS

PRIMERO.-El empresario/profesional demandado en este procedimiento celebró junto con mi representado un contrato de compraventa de un ................. (indíquese con la mayor precisión posible el artículo adquirido, etc.), a cambio de un precio de ................ El negocio se concluyó el día ............, ..........(en el establecimiento del demandado sito en la C/ ....................; por vía electrónica, empleando la página web dedicada al comercio electrónico que el demandado posee en la siguiente dirección .........).

SEGUNDO.-Después de recibir el bien y de usarlo de acuerdo con el libro de instrucciones durante un plazo de .................... (indíquese el plazo, el cual debería ser inferior a seis meses para que el consumidor esté exonerado de probar que el defecto existía en el momento de la entrega; en caso contrario deberá aportarse prueba de que el defecto estaba presente en el momento en que se produjo la recepción física del bien por el consumidor), el día ............ el producto (dejó de funcionar por completo; comenzó a funcionar incorrectamente cuando .................; presentó por vez primera los siguientes defectos de funcionamiento: ...................; presenta los siguientes desperfectos: ..............).

TERCERO.-(Los defectos que acabo de señalar son originarios, puesto que en ningún momento he empleado indebidamente el artículo, ni me he separado lo más mínimo de lo indicado en las instrucciones de uso/Los defectos que acabo de señalar ya existían en el momento en que el consumidor recibió el bien, como se deduce naturalmente de las siguientes circunstancias .............).

CUARTO.-El día ........ mi representado remitió al demandado una comunicación informándole de la existencia de los defectos expuestos(*) (sin que hasta el momento, y después de haber transcurrido un plazo razonable de ......... días/semanas, haya tenido más noticias suyas/pero se ha negado a que tales disconformidades deban ser solventadas a su cargo/pero sólo ha respondido para manifestar que tales disconformidades sólo pueden ser achacables a la conducta del hoy demandante ................).

(*) Téngase en cuenta que el consumidor debe informar al empresario de la existencia de los defectos en el bien en un plazo de dos meses desde que haya tenido conocimiento de los mismos (art. 9.4 LGVBC), por lo que es conveniente preconstituir prueba de que se ha efectuado la comunicación antes de realizar ninguna otra reclamación judicial o extrajudicial.

En su caso, [QUINTO.-Los defectos existentes en el bien han generado a mi representado los siguientes daños y perjuicios ........................ (debe exponerse con toda claridad cuáles son los daños materiales o morales derivados para el demandante de la existencia de los defectos en el bien; aclarando especialmente la relación de causalidad entre dichos defectos y los daños que se van a reclamar)], cuya cuantía total asciende a ..................

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

PRIMERO.-Capacidad de las partes y representación. Art. 6, apartado 1º de la LECiv/2000, respecto de la capacidad y arts. 23 a 35 respecto de la representación y defensa.

SEGUNDO.-Capacidad para ser parte y legitimación activa. (Art. 11 de la LECiv.)

TERCERO.-Procedimiento. Esta acción de cumplimiento contractual referente a los contratos sometidos a la LGVBC normalmente seguirá los trámites del juicio verbal, al ser éste el procedimiento previsto para los procesos cuya cuantía no exceda de 3.000 euros. (ex art. 250.2 de la LECiv).

CUARTO.-Jurisdicción y competencia. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del art. 50 de la LECiv, en caso de ser el empresario una persona física se le puede demandar en su domicilio, o en el lugar en el que desarrolle su actividad profesional o donde tenga establecimientos a su cargo cuando el litigio afecte a dicha actividad profesional. Si el empresario es una persona jurídica la demanda se podrá presentar en su domicilio o en el lugar donde la relación o situación jurídica a que se refiera el litigio haya nacido o deba surtir efectos, siempre que en dicho lugar tengan establecimiento abierto al público o representante autorizado para actuar en nombre de la entidad (art. 51.1 LECiv).

QUINTO.-Publicación de la Sentencia. Art. 221.2 de la LECiv.

SEXTO.-Fondo del asunto. (1) El contrato referenciado en los hechos de esta demanda se encuentra sujeto a la Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo. Ello es así debido a que se trata de un contrato celebrado entre un consumidor y un empresario, cuyo objeto es la venta de un bien mueble corporal destinado al consumo privado (art. 1º LGVBC), no incluido entre los contratos a los que el art. 2º declara no aplicable la meritada Ley.

(2) La Ley 23/2003, de 10 de julio, declara derechos irrenunciables del consumidor los de exigir la reparación o la sustitución del bien, a su elección, en caso de que en el bien objeto de la compraventa esté presente una falta de conformidad; y si ello no es posible la facultad de resolver el contrato o de exigir una reducción del precio de la venta (arts. 5º y 7º de la Ley). Los defectos del producto descritos en los hechos narrados en este escrito constituyen inequívocamente faltas de conformidad de las establecidas en el art. 3º de la Ley 23/2003, puesto que (convierten al bien en ineficaz para servir a sus usos ordinarios/perjudican su empleo de acuerdo con sus finalidades ordinarias/suponen una evidente diferencia entre lo adquirido y las características objetivas anunciadas en la publicidad comercial del bien...). Por otra parte, la falta de conformidad es originaria, pues en ningún momento mi representado utilizó el bien de una manera diversa a la que se le indicaba en las instrucciones que acompañaban al mismo y, además, así se deduce de las circunstancias narradas en el hecho tercero de los incluidos en este escrito de demanda. (Sin perjuicio de todo ello, la Ley presume que las disconformidades aparecidas durante los seis meses posteriores a la entrega del bien deben presumirse originarias; término que todavía no ha transcurrido habida cuenta de que el defecto apareció el ............ y la fecha de entrega fue la de .........., como se ha expuesto en el hecho segundo de los arriba referenciados.)

(3) El hoy demandante ejercita, con carácter principal, la acción de reparación/sustitución que le concede el artículo 5º de la Ley 23/2003 en tiempo y forma, puesto que todavía no ha transcurrido el plazo de prescripción de tres años desde la entrega señalado por la Ley; y el defecto se ha manifestado al exterior antes de la conclusión del plazo de garantía legal de dos años dispuesto por el art. 9º de la misma. Asimismo, el demandante ha cumplido con su deber de comunicar al empresario, en el término de dos meses desde que tuvo conocimiento de los defectos, la existencia de los mismos, instándole a su reparación/la sustitución del bien por otro conforme con el contrato. Todo lo anterior es igualmente predicable de la acción de resolución que se ejercita subsidiariamente de la de reparación/sustitución.

En su caso [(4) Habida cuenta de que el art. 1101 del CC sujeta a la indemnización de daños y perjuicios a todos los que incumplieren las obligaciones derivadas de un contrato, y que el demandado ha incumplido la obligación de conformidad en los términos dispuestos por la Ley 23/2003, es procedente exigirle, además de la reparación/sustitución, una indemnización por todos los daños y perjuicios derivados de su incumplimiento, a los cuales se ha hecho referencia en el hecho quinto de este escrito de demanda]. Y lo mismo cabe argumentar en caso de que la acción de resolución sea la que prospere de conformidad, en este caso, con lo establecido en el art. 1124 del CC.

En virtud de todo lo expuesto,

SUPLICO del Juzgado que, admitida esta demanda y previos los trámites procesales oportunos, dicte Sentencia estimatoria de la misma y en virtud de la cual:

1º Se declare el incumplimiento de la obligación de conformidad del demandado en relación con el contrato de compraventa de bienes de consumo, de fecha ........., celebrado entre las dos partes litigantes. Asimismo, que en virtud de ello se condene al demandado a reparar/sustituir el bien en los términos señalados por el art. 6º de la Ley 23/2003 de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo; y a indemnizar los daños y perjuicios señalados y cuantificados en el hecho quinto de esta demanda.

2º Subsidiariamente de lo anterior, y para el caso de que no sea posible proceder a la sustitución/reparación del bien, se resuelva el contrato objeto de esta litis, declarándose la obligación de las partes de este litigio de restituirse recíprocamente las prestaciones ejecutadas en virtud del señalado contrato con sus frutos e intereses, y se condene al demandado a la indemnización a la que se refiere el párrafo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del CC.

(*) Recuérdese que para ejercitar la acción de resolución a la que acabo de referirme es preciso que la falta de conformidad no sea de «escasa importancia».

3º Asimismo se solicita expresamente la condena al pago de las costas procesales derivadas de la tramitación de este procedimiento al demandado y que se acuerde la publicación íntegra de la Sentencia.

[lugar], a ... de ... de 20...

Fdo.:Fdo.:
 
 
 
 
Procurador de los TribunalesAbogado

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